Roquetas renueva su certificación como Municipio Turístico de Andalucía
Ha renovado la declaración y adaptación al nuevo decreto de la Junta, junto a otros 17 municipios andaluces
J. VALDIVIA
ROQUETAS DE MAR
Lunes, 14 de octubre 2019, 12:45
La Secretaría General para el Turismo, órgano dependiente de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía, ha confirmado que los 18 municipios turísticos andaluces que contaban con esta declaración, entre ellos Roquetas de Mar, han certificado los requisitos de adaptación al Decreto 72/2017, de 13 de junio, de Municipio Turístico de Andalucía, que deroga el antiguo Decreto 158/2002, de 28 de mayo, y, por tanto, han renovado su cataloga-ción.
De este modo, en Almería, Roquetas de Mar ha renovado su declaración de Municipio Turístico junto con otras 17 localidades andaluzas: Chiclana de la Frontera, Chipiona, Conil de la Frontera, Rota y Tarifa (Cádiz), Almuñécar (Granada), Almonte, Aracena y Punta Umbría (Huelva), Baeza y Cazorla (Jaén), Benalmádena, Fuengirola, Nerja, Ronda y Torremolinos (Málaga) y Santiponce (Sevilla).
El Decreto 72/2017 establecía, en su Disposición transitoria primera, que los municipios turísticos declarados con anterioridad a la entrada en vigor de esta norma dispondrían de un plazo de dos años, contados a partir de dicha entrada en vigor, para acreditar ante la Consejería de Turismo la adaptación a lo dispuesto en el nuevo Decreto.
La declaración de Municipio Turístico de Andalucía puede ser solicitada por aquellas localidades, cuya población de derecho no sea superior a cien mil habitantes, en las que concurran. En el caso de Roquetas hay que recordar que los datos del padrón municipal ya certifican más de 100.000 habitantes desde hace un año, pero esa cifra todavía no se ha alcanzado en las estadísticas del Instituto Nacional de Estadística. El último censo del INE publicado, a 1 de enero de 2018, daba a Roquetas una población oficial de 94.925 vecinos.
Además, para poder tener esta declaración también es necesario que el número de pernoctaciones diarias en media anual en los establecimientos de alojamiento turístico, sea superior al diez por ciento de vecinos del municipio o que se alcance este porcentaje durante al menos tres meses al año, computándose para ello la media diaria mensual (pernoctaciones de cada mes/30). Otra opción para tener la declaración es que el número de visitantes sea al menos cinco veces superior al de vecinos, repartidos los primeros en al menos más de treinta días al año.
El municipio debe, además, acreditar que posee un plan municipal de calidad turística y de una oferta consistente que se base en recursos patrimoniales, naturales, culturales, etnográficos, deportivos o de ocio, y que cuente con unas infraestructuras mínimas para atender a sus visitantes, según informó la Junta de Andalucía.
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.