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Julio VALDIVIA
ROQUETAS DE MAR
Lunes, 30 de marzo 2020, 12:15
El Ayuntamiento de Roquetas de Mar ha tomado hoy las primeras medidas fiscales ante la crisis del coronavirus COVID-19. En un decreto de Alcaldía al que ha tenido acceso IDEAL, el Consistorio ha modificado el calendario fiscal de todos los tributos cuyo plazo finalizaba el 29 de mayo, y ampliar el plazo hasta el 4 de septiembre, lo que conllevará un aplazamiento de tres meses sin necesidad de solicitud.
La medida afecta al impuesto de vehículos, la tasa de basura, la tasa de entrada de vehículos a través de aceras y reservas de vía pública para aparcamiento carga y descarga, así como instalación de kioskos, puestos, barracas e industrias callejeras y ambulantes, y el servicio de mercados.
Los contribuyentes podrán solicitar una nueva carta de pago con las nuevas fechas por medios electrónicos o de forma presencial cuando finalicen las limitaciones a la circulación.
Por otro lado se ha ampliado tres meses el cobro de recibos en voluntaria de los anteriores tributos, así como ampliar las fechas de cobro de las fracciones del plan de pago mensual de recibos domiciliados, de forma que los correspondes a abril y mayo se retrasan a julio y agosto. y las de julio a noviembre se concentrarán de septiembre a diciembre.
El decreto suspende «de oficio y automáticamente» en tanto se prolongue el estado de alarma, el devento de la tasa de utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, es decir, de ocupación de terrazas y otros elementos en la vía pública. En consecuencia, se devolverá el tributo pagado por este concepto por el periodo en el que se extienda el estado de alarma, previa solicitud del interesado. En el caso de la tasa de puestos, barracas e industrias callejeras y ambulantes, al gestionarse de forma semestral, se descontará automática la parte correspondiente en el plazo del segundo semestre.
Igualmente, se ha suspendido mientras dure el estado de alarma el precio público de la Escuela de Música, guarderías y actividades deportivas. No se girarán pagos en este tiempo y, en el caso de las instalaciones deportivas, se podrá tramitar la devolución del precio público o en su caso compensación con actividades a realizar con posterioridad.
Por último, en cuanto a los fraccionamientos que se soliciten en este ejercicio de 2020 y con carácter excepcional por la situación en la que se encuentran familias y tejido empresarial, se eleva el importe eximido de presentar garantía a 30.000 euros.
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