El abogado de Campos ha presentado un recurso a la última resolución judicial. M. c.

Pagando los recibos de una casa en la que no le dejan vivir

okupas ·

Ricardo Campos espera a que la justicia desaloje a los expropietarios de una vivienda que adquirió de buena fe a un banco desde hace ya dos años

Lunes, 15 de febrero 2021, 23:47

Ricardo es un hombre calmado. Sopesa las palabras, las digiere antes de emitirlas con un acento suave y y poco marcado de quien se ha ... movido por el país y tiene recuerdos en cada esquina. Esa calma vital le permite tomarse la situación con filosofía, pese a que cualquiera estaría ya con los nervios rebosantes. Lleva dos años pagando la hipoteca, el IBI o la basura de una vivienda que está a su nombre pero en la que no puede entrar. Los antiguos propietarios, a los que el banco les embargó la casa, se niegan a salir de ella. Y con el choque frontal, la maraña judicial.

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Desde entonces, a principios de 2019, Ricardo Campos, médico, comprador de buena fe de una vivienda a un banco vive en esa difícil dicotomía: tener una casa y no poder sentarse en el sofá, comerse una paella o dormir a pierna suelta en su propiedad. «Es algo inexplicable», subraya. Y todo porque la normativa vigente actualmente obliga al nuevo propietario a demostrar que quienes están dentro tienen posibilidad de cobijarse bajo otro techo. En el caso contrario, puede verse abocado a postergar, sine die, cualquier desalojo de su propiedad.

Ricardo ve en ello una inversión de la carga de la prueba. «Entiendo que la ley proteja a las personas que de buena fe se han visto abocadas a un impago porque están en paro o porque su empresa ha quebrado. Pero no es normal que alguien que trabaja, que tiene otras propiedades, que si que se puede pagar un buen coche o mantener un jardín y una piscina viva en un chalé que no es suyo de gorra, sin pagar nada», afirma.

Su periplo judicial empezó en primavera de hace dos años. Y por el momento, los jueces en cuyas manos ha caído el asunto han ido postergando cualquier decisión de desahucio por lo garantista de las normas excepcionales impuestas sobre el desalojo de inquilinos en las últimas anualidades. La normativa viene de la época dura de la crisis inmobiliaria y se ha ido renovando durante los últimos meses debido a la crisis sanitaria. Y así las cosas, tiene las manos atadas. Porque él sigue teniendo los compromisos económicos y financieros que suponen poseer una vivienda de gran tamaño, con piscina y jardín, aunque no pueda hacer uso de ella porque, en su lugar, hay una suerte de 'okupas', los antiguos propietarios.

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La situación pesa, no solo en lo personal, sino también en el bolsillo. Porque a las facturas de la vivienda en la que viven otros tiene que sumar la de su abogado y su procurador. Un buen pico para intentar que le dejen libre lo que por título de propiedad lo es desde hace muchos meses.

La rendija legal, cuenta Campos, está en un decreto de medidas extraordinarias creado por el Gobierno en el peor momento de la crisis, cuando el trabajo escaseaba y miles de familias arriesgaban a quedarse sin techo. Las resoluciones dictaminan que los residentes de su vivienda –un matrimonio de más de 60 años, narra– pueden ser beneficiarios de una moratoria legal para personas que pudieran atravesar situaciones de especial vulnerabilidad.

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Ahora Campos se ve obligado a demostrar que sus 'okupas' no pueden acogerse a esta medida y no a la inversa, relata. «Lo normal es que ellos tuvieran que demostrarlo. Pero durante el pleito lo solicitan sin pruebas y se lo aceptan solo por la edad», refiere.

Campos, casado y con dos hijos aún bajo su techo, había visto en una casa de planta baja con espacios libres y cerca de la playa, en la Urbanización de Roquetas de Mar, un lugar idílico en el que desarrollar su proyecto vital con tranquilidad y en armonía. Como es su temple. Pero todo esto le está cambiando hasta los biorritmos. De momento todo sigue en el juzgado. Ha elevado un recurso a la última decisión judicial de paralizar el desahucio. Otro trámite más en los tribunales. El enésimo. Aunque le mermen las fuerzas.

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Una norma pensada para casos de gran necesidad urgente

La Ley de protección a los deudores hipotecarios se creó dada la alarma social surgida por casos de desahucio en familias con extremas necesidades –ancianos, familias numerosas, personas con discapacidad o familias con víctimas de violencia de género– y se propuso como una legislación transitoria y provisional en tanto en cuanto los condicionantes económicos no eran los más propicios para encontrar un sustento económico. Esta normativa, muy amplia, dificulta que los compradores de bienes embargados –no los bancos, sino los nuevos titulares– puedan disfrutar de ellos. «Además, se ha aplicado de forma muy laxa», estima Campos.

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