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JULIO VALDIVIA
ROQUETAS DE MAR
Jueves, 21 de enero 2021, 22:50
El Ayuntamiento de Roquetas de Mar ha aprobado, a través de la Comisión de Desarrollo Urbano, la nueva Ordenanza Municipal para la prevención y control de plagas de moscas y mosquitos, tras mucho tiempo de polémicas sobre la proliferación de estos insectos, atajadas en los últimos años con la contratación de una empresa especializada.
Una normativa que, en palabras de la concejal de Aseo Urbano, Susi Ibáñez Toro, «se justifica por una razón de interés general primordial como es el bienestar y la salud pública». La edil hizo un llamamiento al civismo, imprescindible para que la normativa tenga éxito y cumpla su objetivo, al «establecer las medidas necesarias para mantener las poblaciones de moscas y mosquitos dentro de límites tolerables, minimizando los efectos molestos e insalubres que ocasionan».
El nuevo documento hace especial hincapié en la necesidad de evitar la presencia de agua estancada, el acopio incontrolado de residuos orgánicos o la acumulación de suciedad, entendiéndose que son las situaciones más proclives a atraer insectos, o provocar la aparición de focos de cría o infección de larvas.
En este sentido, se establece la obligación a propietarios o responsables de espacios, tanto públicos como privados, así como centros de actividades comerciales e industriales, zonas residenciales, etcétera, de «mantener dichos espacios en condiciones de higiene, salubridad, seguridad y ornato público». Se extiende esta obligación también a adoptar las medidas necesarias para evitar la presencia de aguas estancadas o acopio de residuos orgánicos durante un tiempo prolongado que pueda provocar la aparición de focos de insectos.
Se indica asimismo que los objetos o enseres que puedan acumular agua deberán «neutralizarse», mediante su retirada o la aplicación de medidas que permitan evitar esta acumulación. Deberá, de esta forma, revisarse y ser limpiado cualquier objeto susceptible de acumular agua, al menos dos veces por semana, para que no dé tiempo al desarrollo de huevos o larvas. De igual manera, en imbornales y otros desagües dotados con sistema de sifón, el agua habrá de ser sustituida también dos veces por semana o recibir algún tipo de tratamiento biocida preventivo.
Tanto canalones de recogida de pluviales, como canaletas, sumideros y similares, se habrán de mantener limpios de restos vegetales o basura, así como desinfectados y en perfectas condiciones de funcionamiento. En balsas, balsetas, pozos, aljibes, fosas sépticas, tortugueros, acuarios, fuentes, estanques y elementos similares, que no contengan depredadores naturales de mosquitos, se recomienda adoptar sistemas de cloración, introducir depredadores naturales o cubrir con malla, debidamente ajustada, que evite el paso de luz. Igual consideración cabe hacer en el caso de las balsas de riego y piscinas que no se encuentren en estado de uso habitual, así como cualquier espacio susceptible de terminar almacenando agua estancada.
Parcelas
Parcelas, solares, campos o lindes donde se pueda acumular maleza, como cañas y carrizo, se habrán de mantener limpias de vegetación que pueda servir de refugio a insectos o producir focos de suciedad. En ellas se habrá también de evitar la presencia de fosos, zanjas, hoyos o cualquier desnivel susceptible de acumular agua o suciedad.
Asimismo, los ciudadanos, y en particular los titulares de bienes muebles o inmuebles, establecimientos públicos, comercios, instalaciones, actividades económicas, servicios o comunidades, tienen la obligación de extremar el cuidado en la gestión de sus residuos sólidos urbanos, así como atenerse la Ordenanza Municipal Reguladora de Limpieza, en lo que se refiere a forma, lugar y horarios de recogida.
En cuanto a residuos procedentes de explotaciones agrícolas, deberán gestionarse de acuerdo a la Ordenanza Municipal Reguladora de la Gestión de los Residuos Agrícolas, tomándose las precauciones necesarias que eviten que su descomposición atraiga la presencia moscas, mosquitos o focos de cría. Se deberá disponer asimismo de un Plan de control, prevención y seguimiento de mosquitos y moscas por parte de las empresas, que disponga medios, condiciones, actuaciones a realizar, tipologías de productos, historial de revisiones, etcétera.
Centros docentes, deportivos, lúdicos y otras instalaciones de uso estacional deberán también disponer de un plan que permita prevenir y evitar la aparición de plagas en épocas de cierre o baja actividad. Esta disposición será también aplicable a zonas residenciales comunitarias, obras, viveros, lugares de esparcimiento, centros de trabajo, hoteles, restaurantes o cualquier otra instalación con presencia de jardines, piscinas, vegetación ornamental, fuentes, zonas de juego infantil, papeleras o contenedores.
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