El Ayuntamiento prepara una normativa que regulará la publicidad estática y dinámica

La Concejalía de Gestión de la Ciudad del Ayuntamiento de Roquetas ultima estos días lo que será la futura Ordenanza de Publicidad del municipio. Será la primera regulación de este tipo y en ella se diferencia la publicidad estática, es decir aquella que se realiza sobre soportes fijos, y la dinámica, aquella que se realiza mediante reparto o vehículo.

Julio Valdivia

Martes, 10 de mayo 2016, 11:19

 

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Eloísa Cabrera, concejala de Gestión de la Ciudad, ha señalado al respecto que «es intención del equipo de Gobierno dotar a Roquetas de Mar ... de un marco jurídico claro donde los ciudadanos y las empresas tengan los requisitos establecidos para realizar la publicidad de cualquier comercio, actividad o evento, y así lograr una ciudad más limpia, acogedora, ordenada y visualmente más atractiva para los vecinos y visitantes».

El documento deja claras tanto las prohibiciones como los requisitos para el cumplimiento de la norma. En el caso de las primeras, la Ordenanza prohibe «totalmente» el uso de las medianerías existentes en edificaciones para fines publicitarios, además «no podrán situarse anuncios sobre las cubiertas de los edificios salvo en el caso de los edificios de uso exclusivo comercial u oficina, con uso exclusivo de local de espectáculos o reunión o los de uso hotelero». Tampoco estará autorizado «el reparto manual de publicidad en ámbitos fuera de las inmediaciones del establecimiento que se publicita así como en pasos de peatones o zonas que puedan obstaculizar la circulación tanto de vehículos como de personas».

La nota también prohíbe «el pegado o fijación de carteles, pegatinas o demás formatos publicitarios así como las inscripciones sobre soportes no regulados, con especial atención a las farolas» y tampoco podrá depositarse publicidad «fuera de los buzones, en parabrisas, así como lanzarla ensuciando la vía pública».

Requisitos En cuanto a los requisitos se ha diferenciado entre los distintos tipos de publicidad. Son variadas las necesidades a cumplimentar, aunque se puede destacar por ejemplo que en vallas publicitarias la medida será de 8 metros de ancho por 3 de altura, en el caso de los rótulos, si son voladizos, habrá que colocarlos a 2.20 metros de la rasante del suelo, al igual que las banderolas. Los postes publicitarios tendrán que instalarse en los lugares que la norma autoriza, al igual que las placas, que tendrán una superficie máxima de un metro cuadrado.

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En publicidad dinámica destaca la regulación mediante reparto manual y mediante el uso de vehículos que deberá estar autorizado dentro de los horarios permitidos y con un nivel sonoro de 70 dBA medidos a 3 metros de distancia.

Cabrera ha informado al respecto que "la Concejalía realizará un encuentro con empresas publicitarias y con aquellos empresarios que lo deseen para informar en su integridad de esta ordenanza y, en su caso, resolver dudas y escuchar posibles sugerencias».

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De igual forma, la edil ha anunciado que «el Ayuntamiento, lógicamente, dará ejemplo y será el primero en cumplir cambiando toda la publicidad institucional que se realiza en la vía pública y no cumpla con esta nueva regulación», anunció ayer.

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