Hacienda ya tiene la normativa que regula el pago mensual de los recibos del Ayuntamiento
La Concejalía de Economía y Hacienda, que dirige Pedro Antonio López, ya tiene listo el reglamento que regulará el pago mensual de los recibos de impuestos y tasas municipales prometido por el equipo de Gobierno hace unas semanas, y que pretende facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento.
Julio Valdivia
Martes, 10 de mayo 2016, 11:48
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La ordenanza establece que se podrán acoger a estas facilidades todos aquellos que complementen un modelo de solicitud en el que figuren los datos ... del solicitante, su domicilio y su teléfono, además de la firma y sello de la entidad bancaria en la que se domiciliarán esos recibos. También se permitirá la posibilidad de domiciliar el pago en una cuenta que no sea de titularidad de la persona que debe pagar el recibo, para lo que sería necesaria la firma del titular de la cuenta mencionada.
Las comunicaciones deberán ser entregadas en el área de Recaudación hasta 15 días antes del inicio del periodo de cobranza, momento a partir del cual, la solicitud se tendrá en cuenta para el siguiente periodo.
Periodos
En el primer periodo de cobro, que afecta al impuesto de vehículos, y las tasas de basura, mercados y quioscos, se podrá dividir el pago en cuatro cuotas mensuales, mientras que para el segundo periodo, que afecta al pago del IBI rústico y urbano, el pago podrá ser dividido en cinco recibos mensuales «salvo que el anuncio de cobranza establezca un plazo diferente», según se especifica en la normativa aprobada recientemente.
De esta manera, «el importe de la cuota mensual a pagar por cada contribuyente será el resultado de la suma del importe de sus recibos para cada periodo de cobro, entre el número de meses incluidos en el mismo». En el supuesto de que la cuota resultante sea inferior a 25 euros «se reduciría el número de mensualidades hasta conseguir una cuota superior a dicho importe», según se establece en el reglamento, al que ha tenido acceso IDEAL.
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El documento del área de Hacienda y Recaudación, contempla que «los pagos se entenderán realizados en la fecha de cargo en cuenta de dichas domiciliaciones, siempre y cuando no sean devueltos en los plazos establecidos por la normativa bancaria». En cuyo caso supondría la renuncia del afectado a esta fórmula de domiciliación, que pasaría a estar obligado a hacer efectivo el pago el último día de cobro voluntario de los impuestos y tasas incluidos en el periodo en concreto, tal y como venía ocurriendo hasta ahora.
Sin excepciones
El reglamento también contempla que todos los recibos de cada periodo tendrán que incluirse en esta fórmula de pago, «no pudiendo excluirse por parte del interesado ninguno de los recibos señalados al comunicar esta fórmula de domiciliación». Eso sí, «en cualquier momento el interesado podrá efectuar el pago de todas las cuotas no vencidas o pendientes».
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La iniciativa, como ya anunció en su día el concejal del área, Pedro Antonio López, pretende facilitar el pago de los recibos a los ciudadanos, que hasta ahora únicamente tenían como opción pagarlos dos veces al año en cada uno de los periodos o solicitar el fraccionamiento del pago justificando los motivos económicos.
Hay que recordar, en este sentido, que en el último Pleno se rechazó una propuesta presentada por el PSOE que pretendía añadir a la idea la aprobación de una bonificación en los recibos para aquellos ciudadanos que los tengan domiciliados en el banco para así incentivar el uso de esta fórmula.
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