Los vendedores del mercadillo podrán ser multados por no limpiar
La nueva Ordenanza de Mercados Ambulantes, aprobada recientemente por el Ayuntamiento de Roquetas de Mar, contempla sanciones para aquellos vendedores que no dejen limpio su espacio una vez terminado el mercadillo. En concreto, esta infracción será considerada una falta leve y corresponderá a la Policía Local controlar el cumplimiento de la nueva norma. La medida no deja tener su importancia, ya que precisamente la limpieza del mercadillo ha sido objeto de polémica en los últimos años, con numerosas quejas vecinales sobre el estado en el que se queda la avenida Unión Europea al terminar las ventas.
Julio Valdivia
Martes, 10 de mayo 2016, 12:22
Publicidad
A pesar de que una cuadrilla de operarios de limpieza comienza a trabajar inmediatamente después de su celebración, lo cierto es que la cantidad ... de bolsas y residuos, que se esparcen con gran rapidez los días de viento, han motivado quejas y preocupación en el Ayuntamiento, que reparte bolsas todos los jueves entre los comerciantes para que depositen en ellas las basuras.
Además, la nueva Ordenanza, aprobada por unanimidad en el Pleno de este mes, oficializa la celebración de un mercadillo semanal, algo que se viene haciendo desde esta pasada Navidad, tras el acuerdo alcanzado con los representantes de los vendedores ambulantes.
La normativa supone una revisión de la existente, y contempla diferentes aspectos relacionados con la venta ambulante, como la prohibición del comercio callejero o el comercio itinerante que se realiza con camiones o furgonetas, sin la correspondiente autorización.
Por el momento, se verá afectado por la norma el mercadillo de los jueves únicamente, ya que otro tipo de actividades como mercadillos de artesanía o antigüedades como el Soho de los primeros domingos de cada mes, se someten a otro tipo de ordenanzas, según aseguró la concejala de Gestión de la Ciudad, Eloísa Cabrera, en el pasado Pleno.
Publicidad
El Ayuntamiento se compromete a estudiar la creación de nuevos mercados ambulantes previo estudio de la demanda de la zona afectada y establece que «no podrá colocarse ningún puesto de venta en lugares donde se interfiera el normal tráfico peatonal o reste visibilidad al tráfico rodado», además, «con carácter general no podrá colocarse ningún puesto de venta en lugares de paso de peatones, paradas de transporte público, accesos a lugares comerciales e industriales y sus escaparates». En este sentido, se recoge en la normativa que la separación mínima de los puestos con respecto a la entrada a edificaciones será de 200 metros, eso sí «excepto en los casos de no existir recinto ferial y se autorice por el Ayuntamiento», como ocurre en la actualidad en la avenida Unión Europea.
Certificado de trazabilidad
El documento también regula las solicitudes para conseguir la gestión de un puesto del mercado ambulante y, en cuanto a los productos, establece que «los productos calificados como perecederos deberán tener un certificado de trazabilidad que identifique su origen, procedencia y salubridad y demuestre que son aptos para el consumo, sin tratamientos ni residuos perjudiciales para la salud».
Publicidad
Además, los comerciantes de estos mercados ambulantes deberán exponer a la vista del público su placa identificativa que acredite su permiso y tendrán que tener a disposición de la Policía Local «las facturas o comprobantes de compra correspondientes a los productos objeto de comercio». En caso contrario, los productos serán retirados por los agentes y, pasado un tiempo sin que se llegue a acreditar su procedencia, puestos a disposición judicial.
Accede a todos los contenidos el primer mes por 0,99 €
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión