JULIO VALDIVIA
ROQUETAS DE MAR
Martes, 16 de noviembre 2021
El Pleno del Ayuntamiento de Roquetas, celebrado este lunes, aprobó la modificación de dos ordenanzas, la del impuesto de vehículos y la de servicios funerarios. En el primer caso, la principal novedad es que la exención del 100% para vehículos históricos de amplía, pasando de los coches de más de 40 años a los que tienen más de 25 años desde la fecha de fabricación.
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El cambio ampliará considerablemente el número de beneficiarios de esa bonificación, ya que según respondió el concejal Antonio López Megías a preguntas de la oposición, ello afectará a más del 51% del padrón total, lo que supondrá una reducción de 166.000 euros de los ingresos municipales por este concepto.
Igualmente, otra de las novedades del impuesto es la incorporación de criterios de tributación para vehículos eléctricos, estableciendo una equivalencia entre la potencia efectiva expresada en kilovatios y los caballos fiscales regulados en la normativa fiscal.
En cuanto a los cuadriciclos ligeros eléctricos con una potencia equivalente a una cilindrada de 50 centímetros cúbicos, tributarán como ciclomotores, mientras que el resto lo harán como motocicletas de 125.
Igualmente, se ha reducido la documentación que los contribuyentes deben presentar para solicitar las bonificaciones y se ha regulado el supuesto de alta de vehículos en situación de baja temporal.
Según López Megías, en relación al número de habitantes el cuadro de tarifas de Roquetas «es uno de los más baratos de toda la provincia», lo que a su juicio «redunda en beneficio y ahorro de todos los ciudadanos que residen en este municipio», explicó en este sentido.
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Cementerios
En el caso de la ordenanza de servicios funerarios la principal novedad es la incorporación del concepto de los columbarios, ya que eran elementos que no se han incorporado hasta hace poco en los cementerios municipales.
La ordenanza se ha adaptado al nuevo reglamento de cementerios en cuanto a la gestión del tributo, pasando de autoliquidación a liquidación emitida por la administración. Además, se ha sustituido la bonificación existente por el supuesto de no sujeción, que hasta ahora no se había aplicado.
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Además, se ha eliminado la reserva de nichos para futuros enterramientos, tal y como se contempló en la revisión del reglamento y a partir de ahora se aplicará un nuevo régimen de devolución de la tasa en caso de desestimiento de la solicitud.
Por último, el concejal de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Roquetas destacó que la nueva ordenanza «otorga mayor transparencia y claridad del elemento objetivo del hecho imponible, frente a los sujetos pasivos de la tasa».
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